El TSJ de Murcia confirma ocho años de prisión por una agresión motivada por la homosexualidad de la víctima
La Sala ratifica la condena por lesiones tras el ataque en un bar que dejó al perjudicado con visión prácticamente nula en un ojo. Avala que se valore la motivación homófoba al fijar la pena.
Redacción MALDITOESPEJO

Lo que sabemos
- La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha confirmado la condena a ocho años de prisión impuesta a un hombre por un delito de lesiones tras agredir a otro en un bar por su orientación sexual.
- Los hechos ocurrieron en junio de 2020. Según el relato declarado probado, el acusado comenzó a dirigirse a la víctima con insultos homófobos y, de forma inopinada, le propinó un puñetazo en el ojo derecho, en el que llevaba una lente intraocular. El impacto provocó que la lente se clavara contra el ojo. Tras caer al suelo, continuó propinándole patadas hasta que otras personas intervinieron.
- Como consecuencia, el perjudicado sufrió graves lesiones oculares que precisaron tratamiento médico y quirúrgico y tardaron 179 días en curar. La secuela es una visión “prácticamente nula” en el ojo afectado. Además de la pena de prisión, el condenado debe indemnizar a la víctima con 60.707,95 euros y al Servicio Murciano de Salud con 7.106,38 euros.
- El TSJ subraya que no se trató de una discusión puntual, sino de “un ataque unilateral y caprichoso contra la identidad misma de la persona, de su sexualidad”, lo que convierte los hechos en un acto más injusto, cruel y degradante. La sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha confirmado la condena a ocho años de prisión impuesta a un hombre por un delito de lesiones tras agredir a otro en un bar por su orientación sexual.
Los hechos ocurrieron en junio de 2020. Según el relato declarado probado, el acusado comenzó a dirigirse a la víctima con insultos homófobos y, de forma inopinada, le propinó un puñetazo en el ojo derecho, en el que llevaba una lente intraocular. El impacto provocó que la lente se clavara contra el ojo. Tras caer al suelo, continuó propinándole patadas hasta que otras personas intervinieron.
Como consecuencia, el perjudicado sufrió graves lesiones oculares que precisaron tratamiento médico y quirúrgico y tardaron 179 días en curar. La secuela es una visión “prácticamente nula” en el ojo afectado. Además de la pena de prisión, el condenado debe indemnizar a la víctima con 60.707,95 euros y al Servicio Murciano de Salud con 7.106,38 euros.
El TSJ subraya que no se trató de una discusión puntual, sino de “un ataque unilateral y caprichoso contra la identidad misma de la persona, de su sexualidad”, lo que convierte los hechos en un acto más injusto, cruel y degradante. La sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Fuentes
- Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia
