El TSJ confirma la responsabilidad de una empresa agrícola por daños al Mar Menor
La Sala de lo Contencioso desestima el recurso y obliga a abonar 97.603,30 euros por el vertido de salmuera con nitratos desde una desalobradora ilegal en Torre Pacheco entre 2012 y 2016.
Redacción MALDITOESPEJO

Lo que sabemos
- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso de una empresa agrícola contra la Orden de la Consejería de Medio Ambiente que le exigía responsabilidad medioambiental por daños al Mar Menor.
- La sentencia confirma que la empresa deberá abonar 97.603,30 euros por los costes de las medidas preventivas y de reparación ejecutadas por la Administración. La cuantía se corresponde con los daños causados por una desalobradora ilegal situada en una finca de Torre Pacheco.
- Según la resolución, la instalación, construida en 1996 y con capacidad de 400 metros cúbicos diarios, funcionó sin autorización de la Confederación Hidrográfica del Segura entre 2012 y 2016. Tras captar agua de pozos, expulsaba un rechazo de salmuera con nitratos sin depuración alguna hacia la estación de bombeo de Los Alcázares y, desde allí, al Mar Menor.
- La estimación pericial cifra en 159.400 metros cúbicos el volumen vertido en ese periodo, equivalente a 63,76 piscinas olímpicas. La Sala considera acreditado el nexo causal entre la actividad de la empresa y el deterioro de la laguna, y aplica el principio de “quien contamina paga”.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso de una empresa agrícola contra la Orden de la Consejería de Medio Ambiente que le exigía responsabilidad medioambiental por daños al Mar Menor.
La sentencia confirma que la empresa deberá abonar 97.603,30 euros por los costes de las medidas preventivas y de reparación ejecutadas por la Administración. La cuantía se corresponde con los daños causados por una desalobradora ilegal situada en una finca de Torre Pacheco.
Según la resolución, la instalación, construida en 1996 y con capacidad de 400 metros cúbicos diarios, funcionó sin autorización de la Confederación Hidrográfica del Segura entre 2012 y 2016. Tras captar agua de pozos, expulsaba un rechazo de salmuera con nitratos sin depuración alguna hacia la estación de bombeo de Los Alcázares y, desde allí, al Mar Menor.
La estimación pericial cifra en 159.400 metros cúbicos el volumen vertido en ese periodo, equivalente a 63,76 piscinas olímpicas. La Sala considera acreditado el nexo causal entre la actividad de la empresa y el deterioro de la laguna, y aplica el principio de “quien contamina paga”.
El tribunal rechaza los argumentos de la empresa sobre el carácter difuso de la contaminación y la falta de prueba, y concluye que la actuación administrativa es conforme a derecho. La sentencia es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Fuentes
- Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (Comunicación Poder Judicial), 22 de septiembre de 2026 — https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunales-Superiores-de-Justicia/TSJ-Region-de-Murcia/Noticias-Judiciales-TSJ-Region-de-Murcia/El-TSJMU-confirma-la-responsabilidad-medioambiental-de-una-empresa-agricola-por-danos-al-Mar-Menor